sábado, 14 de septiembre de 2013
Ingreso Mínimo Mensual en Chile
En Chile, el sueldo mínimo se denomina
Ingreso Mínimo Mensual, que es el monto mensual mínimo de la remuneración por
una jornada ordinaria de trabajo. Generalmente entra en vigor cada 1º de julio
de cada año y dura un año.
Si hablamos del Salario Mínimo en Chile en 2013, debemos
recordar que el salario mínimo es la remuneración
establecida legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los
empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores.
¿Qué es
el Salario?
A continuación
presentaremos una tabla informativa, presentando los salarios
pactados para el 2013, recorriendo el historial de los
salarios en años pasado.
El gobierno ingresó el segundo día de Julio a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados un nuevo proyecto de reajuste al salario mínimo que propone elevar dicho ingreso a $210.000, desde los $193.000 actuales, lo que equivale a un incremento en torno al 8,8%. La cifra es superior a los $205 mil, equivalente a un alza de 6,2%, que rechazó en mayo el Congreso.
El gobierno aún no precisa la fecha de puesta en vigencia del proyecto de reajuste del sueldo mínimo, que habitualmente se discutía en junio de cada año para comenzar a regir el 1 de julio. De ser aprobada el alza, Chile sería el tercer país en el ranking del nivel del salario mínimo medido en dólares (en términos relativos) en Sudamérica. Ampliaría su distancia de Uruguay que hoy ostenta el cuarto lugar, y solo por detrás de Argentina y Venezuela, con tasas de inflación infinitamente más altas que la chilena.
La propuesta del Ejecutivo implica que reajuste al ingreso mínimo opere con efecto retroactivo a partir del primero de julio. Además la iniciativa busca elevar en 8% el subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos para el tramo más focalizado de las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
Por su parte, para el segundo y tercer tramo de asignación familiar y maternal, se propone un reajuste que contempla la variación del costo de vida.
Así se fijaría en $8.364 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $218.717; en $5.294 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $218.717 y no exceda de $321.851; y en $1.673 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $321.851 y no exceda de $501.978.
Por su parte, el subsidio familiar se fijaría en $8.364 a partir del primero de julio.
Desde | Hasta | Monto bruto en pesos chilenos | Pesos ch. al 30 de junio de 2012 | Variación real | % de PIB per cápita del año1 | Dólares de EE.UU.2 |
---|---|---|---|---|---|---|
1 de septiembre de 1987 | 1 de febrero de 1989 | 11.335 | 67.414 | — | 37,1% | 133 |
1 de febrero de 1989 | 31 de mayo de 1989 | 15.488 | 75.750 | 12,4% | 31,8% | 150 |
1 de junio de 1989 | 31 de mayo de 1990 | 18.000 | 83.754 | 10,6% | 36,9% | 166 |
1 de junio de 1990 | 31 de mayo de 1991 | 26.000 | 97.354 | 16,2% | 42,8% | 193 |
1 de junio de 1991 | 31 de mayo de 1992 | 33.000 | 99.428 | 2,1% | 41,8% | 197 |
1 de junio de 1992 | 31 de mayo de 1993 | 38.600 | 100.453 | 1,0% | 39,3% | 199 |
1 de junio de 1993 | 31 de mayo de 1994 | 46.000 | 105.759 | 5,3% | 39,9% | 209 |
1 de junio de 1994 | 31 de mayo de 1995 | 52.150 | 106.403 | 0,6% | 38,3% | 210 |
1 de junio de 1995 | 31 de mayo de 1996 | 58.900 | 111.877 | 5,1% | 36,0% | 221 |
1 de junio de 1996 | 31 de mayo de 1997 | 65.500 | 114.565 | 2,4% | 36,8% | 227 |
1 de junio de 1997 | 31 de mayo de 1998 | 71.400 | 118.435 | 3,4% | 36,6% | 234 |
1 de junio de 1998 | 31 de mayo de 1999 | 80.500 | 126.770 | 7,0% | 39,8% | 251 |
1 de junio de 1999 | 31 de mayo de 2000 | 90.500 | 137.080 | 8,1% | 44,5% | 271 |
1 de junio de 2000 | 31 de mayo de 2001 | 100.000 | 146.165 | 6,6% | 45,6% | 289 |
1 de junio de 2001 | 31 de mayo de 2002 | 105.500 | 148.645 | 1,7% | 45,4% | 294 |
1 de junio de 2002 | 30 de junio de 2003 | 111.200 | 153.379 | 3,2% | 45,4% | 303 |
1 de julio de 2003 | 30 de junio de 2004 | 115.648 | 154.104 | 0,5% | 43,3% | 305 |
1 de julio de 2004 | 30 de junio de 2005 | 120.000 | 158.232 | 2,7% | 39,8% | 313 |
1 de julio de 2005 | 30 de junio de 2006 | 127.500 | 163.755 | 3,5% | 36,2% | 324 |
1 de julio de 2006 | 30 de junio de 2007 | 135.000 | 166.853 | 1,9% | 32,5% | 330 |
1 de julio de 2007 | 30 de junio de 2008 | 144.000 | 172.410 | 3,3% | 31,8% | 341 |
1 de julio de 2008 | 30 de junio de 2009 | 159.000 | 173.895 | 0,9% | 34,1% | 344 |
1 de julio de 2009 | 30 de junio de 2010 | 165.000 | 177.157 | 1,9% | 34,7% | 350 |
1 de julio de 2010 | 30 de junio de 2011 | 172.000 | 182.620 | 3,1% | 32,0% | 361 |
1 de julio de 2011 | 30 de junio de 2012 | 182.000 | 186.815 | 2,3% | 31,4% | 369 |
1 de julio de 2012 | 30 de junio de 2013 | 193.000 | 193.000 | 3,3% | 31,1%3 | 382 |
Propuesta para el Salario Mínimo en Chile en 2014
El gobierno ingresó el segundo día de Julio a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados un nuevo proyecto de reajuste al salario mínimo que propone elevar dicho ingreso a $210.000, desde los $193.000 actuales, lo que equivale a un incremento en torno al 8,8%. La cifra es superior a los $205 mil, equivalente a un alza de 6,2%, que rechazó en mayo el Congreso.
El gobierno aún no precisa la fecha de puesta en vigencia del proyecto de reajuste del sueldo mínimo, que habitualmente se discutía en junio de cada año para comenzar a regir el 1 de julio. De ser aprobada el alza, Chile sería el tercer país en el ranking del nivel del salario mínimo medido en dólares (en términos relativos) en Sudamérica. Ampliaría su distancia de Uruguay que hoy ostenta el cuarto lugar, y solo por detrás de Argentina y Venezuela, con tasas de inflación infinitamente más altas que la chilena.
La propuesta del Ejecutivo implica que reajuste al ingreso mínimo opere con efecto retroactivo a partir del primero de julio. Además la iniciativa busca elevar en 8% el subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos para el tramo más focalizado de las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
Así se fijaría en $8.364 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $218.717; en $5.294 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $218.717 y no exceda de $321.851; y en $1.673 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $321.851 y no exceda de $501.978.
Por su parte, el subsidio familiar se fijaría en $8.364 a partir del primero de julio.
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interesante información!
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